Las personas dependientes pueden evolucionar en su estado de salud. Por eso, el grado de dependencia en una persona que ha visto afectada su autonomía personal por cualquier circunstancia no es algo inamovible. Puede cambiar con el tiempo. Y esos cambios tienen su reflejo en el Programa Individual de Atención o PIA, que prevé la normativa para adecuar las prestaciones de las personas con dependencia reconocida.
El cambio en las condiciones de salud de un dependiente, incide en la mejora o empeoramiento de las condiciones de movilidad o de capacidad y autonomía personal. Y, obviamente, tiene implicaciones las prestaciones que recibe del Sistema Nacional de Dependencia. Este es el papel que desempeñan los PIA para las personas dependientes en este proceso.
El Programa Individual de Atención en dependientes
La Ley de Dependencia establece el Programa Individual de Atención o PIA como el informe que, ya sea de oficio o por iniciativa de la familia de la persona dependiente, se realiza para determinar qué prestaciones de la Dependencia son más adecuadas en cada caso, tras evaluar el grado de dependencia del beneficiario y determinar sus circunstancias sociales y económicas.
Tras visitar el domicilio de la persona solicitante, y revisar toda la información sociosanitaria y reconocimiento del correspondiente grado de dependencia, se elabora el PIA.
Básicamente, el PIA es un informe técnico elaborado por un equipo de valoración, en el que se determina cuál es la prestación más adecuada para el beneficiario en función de los cambios físicos, psicológicos, médicos, económicos y sociales que se hayan detectado en el momento de su tramitación.
En este informe se proponen una o varias posibilidades de prestaciones (así como una combinación de éstas) para que la persona dependiente pueda elegir, según sus necesidades y preferencias. Será la Administración competente la que, en última instancia, determine la prestación o prestaciones definitivas para el ya beneficiario.
En esta resolución se incluye también la contribución económica que debe realizar el usuario, es decir, el copago, que se calculará en función de la capacidad económica de la persona dependiente. De hecho, esta es una de las razones por las que conviene contratar un seguro de dependencia, ya que las ayudas públicas no cubren todos los gastos que genera una persona dependiente.
Por qué se produce la revisión del PIA
El PIA no es algo definitivo. Una vez que la persona ya con dependencia reconocida recibe su prestación, se puede producir la revisión del PIA. Hay tres causas fundamentales:
- Revisión de oficio de la Administración
- Revisión impulsada por el dependiente
- Cambio de domicilio a otra Comunidad Autónoma
La revisión del PIA por parte de la Administración competente puede hacerse de forma periódica, aunque suele ir aparejada a una revisión del grado de dependencia del beneficiario.
Aunque esta revisión puede hacerse de oficio, la propia familia del dependiente puede solicitar la reevaluación del grado de dependencia cuando se produce un deterioro de las condiciones de salud y una merma de la capacidad de autonomía personal.
Además de los cambios en la situación clínica del dependiente, puede haber cambiado su situación económica y social, hasta el punto de que se solicite la revisión del PIA y de las prestaciones que recibe.
Otra causa de revisión del PIA es el traslado del domicilio de la persona con dependencia a otra Comunidad Autónoma. En estos casos, el grado de dependencia permanece invariante (a no ser que se haga una revisión del mismo), pero el PIA es revisado y adaptado a la nueva situación personal, con los recursos disponibles de la Administración autonómica que acoge al dependiente.
Solicitar la revisión del PIA
Si la revisión del PIA se solicita por parte del beneficiario, es importante señalar que ésta no podrá realizarse hasta trascurrido seis meses desde la fecha que se dictó la resolución del grado de Dependencia y se han seleccionado las prestaciones propuestas.
La petición para cambiar el PIA se realiza a través de los Servicios Sociales, que serán los que realicen la tramitación para que se evalúe en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la comunidad autónoma correspondiente.
Para cambiar el PIA, se precisa de la siguiente información:
- Datos personales, número de expediente y cuenta bancaria de la persona en situación de dependencia
- Detalle de las nuevas circunstancias personales o familiares por las que se solicita la revisión del PIA
- Informe de los cambios en la situación clínica del dependiente, incluido el cambio de grado de dependencia reconocido.
- Exponer el objetivo de la revisión del PIA y las prestaciones que se quieren solicitar.
Una vez solicitada la revisión del PIA, las autoridades competentes pueden aceptar o rechazar la solicitud.
Si no estamos conformes con la resolución, se puede realizar un recurso de alzada en el plazo de un mes. En cualquier caso, la presentación del recurso no suspenderá el procedimiento del servicio o prestación reconocido.
También puede ser aceptado el cambio del PIA, dando luz verde a las nuevas prestaciones. En este caso, se comprueba la compatibilidad de dichos servicios pues si no fueran compatibles, se rechazará una de ellas.